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Consejería de Educación
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SECRETARÍA
Convocatoria de Gracia o Prueba Extraordinaria CICLOS FORMATIVOS


Normativa.

RESOLUCION de 8 de junio de 2006, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, sobre la organización de pruebas extraordinarias de evaluación en los ciclos formativos de Formación Profesional Específica.


RUEBA EXTRAORDINARIA DE EVALUACIÓN.

El alumnado que haya agotado el número de convocatorias, nº máximo de veces que puede tener calificación final en un módulo profesional determinado, 4 en Régimen General (Diurno) y 6 en Régimen de Adultos (Nocturno), podrá solicitar CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA siempre que concurran las circunstancias que se establecen a continuación:

  • Enfermedad prolongada o accidente
  • Embarazo
  • Actividades de voluntariado
  • Incorporación a un puesto de trabajo estable
  • Aquellas otras que por su gravedad hayan podido influir en el menor rendimiento académico del alumno o alumna.
PLAZO Y PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.      Impreso Solicitud

La solicitud a la que se refiere el apartado anterior estará dirigida al Director o Directora del Centro público o privado donde la persona solicitante cursó el módulo profesional correspondiente por última vez. A la solicitud se adjuntarán los documentos acreditativos o exposición motivada de la circunstancia que concurra.

El PLAZO de presentación de las solicitudes para la prueba extraordinaria de evaluación será DEL 1 AL 30 DE OCTUBRE de cada año

En caso de presentación incompleta se requerirá a la persona solicitante para que en el plazo de diez días acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose sin más trámite.

DESARROLLO DE LAS PRUEBAS.

Cuando se trate de una resolución favorable, la Dirección del Centro educativo comunicará al Departamento o Departamentos correspondientes que procedan a la organización de las pruebas extraordinarias de evaluación de los módulos profesionales orrespondientes, que se desarrollarán en la segunda quincena del mes de FEBRERO.

El calendario con la fecha y la hora de las pruebas se publicará antes del día 31 de ENERO

En ningún caso la autorización de la prueba extraordinaria conllevará una nueva matriculación, excepto si se trata del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo.

CONTENIDO DE LAS PRUEBAS.

Las pruebas extraordinarias de evaluación se adecuarán al <currículo oficial> establecido en la normativa vigente que regula cada uno de los títulos de Formación Profesional Específica, teniendo en cuenta los objetivos generales, las capacidades terminales, los criterios de evaluación y los contenidos correspondientes al módulo profesional del que se trate.

 
 
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